Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima.
Accidentes individuales
Cubre a las personas aseguradas de los daños personales, lesión o muerte, ocurridas a consecuencia de un accidente laboral y/o no laboral por causa súbita, externa, violenta y ajena al propio asegurado.
Opcionalmente se garantizan capitales para el caso de una baja, ofreciendo una indemnización diaria o sufragando los gastos médicos, los quirúrgicos y los farmacéuticos necesarios, etc. El precio del seguro dependerá de tu profesión y de las actividades deportivas que realices, además del capital que quieras asegurar.
Seguros agrarios
Se cubren los daños a los cultivos, frutales, hortalizas, plantas ornamentales y otros, de riesgos –dependiendo del cultivo y variedad- tales como el pedrisco, la helada, el incendio, las lluvias torrenciales o persistentes, la sequía, la inundación, el viento huracanado, las heladas, la nieve, la falta de cuajado del fruto, “Daños Excepcionales” y el golpe de calor.
También se asegura el ganado vacuno, de ciertas enfermedades como la fiebre aftosa, la encefalopatía espongiforme bovina. También se cubre el coste de la retirada de animales muertos. Para ésta y otras especies se puede cubrir los daños por la sequía en los pastos, cubriendo los costes de la aportación extraordinaria de alimento.
En el ganado aviar se cubre el golpe de calor y el pánico; en la apicultura, el incendio, la sequía, las lluvias torrenciales y la inundación. En cuanto a la apicultura tienen coberturas específicas las truchas, las doradas, las lubinas, los rodaballos y el mejillón. Por último, pueden asegurarse en las plantaciones forestales, el riesgo de incendio y los daños excepcionales.
Asistencia
Se garantiza al asegurado la prestación de asistencia en los términos fijados en el contrato, en distintos ámbitos, tales como:
La asistencia al automovilista, cubre la asistencia sanitaria de los asegurados en caso de accidente de automóvil y, si fuera necesario, el traslado o repatriación al domicilio, transporte de heridos o fallecidos, el regreso anticipado, la búsqueda de equipajes extraviados, etc. En cuanto al vehículo, se cubre el rescate y el remolque, el traslado a un taller, la repatriación y la reparación en carretera.
La asistencia al hogar, comercio, industria, comunidad: se cubren las reparaciones de urgencia, la búsqueda de industriales, la búsqueda de hotel tras un siniestro, entre otros.
Automóvil
El acto de conducir implica el riesgo de incurrir en responsabilidades frente a terceras personas tales como otros conductores, peatones u ocupantes del vehículo. Por eso, la ley obliga a disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos a motor, matriculados o no, que cubra los daños personales y materiales hasta importes fijados legalmente.
Mas allá de la cobertura obligatoria, existen otras de carácter opcional tales como accidentes del conductor y los ocupantes, asistencia en viaje, cristales, defensa, reclamación de daños, daños del propio vehículo, incendio y robo.
El precio de este seguro se calcula con variables tales como: zona de circulación, tipo, potencia y valor del vehículo. También se tiene en cuenta la edad, el sexo, la antigüedad del carné y los antecedentes siniestrales del conductor.
Multi-riesgo de comercios
Es un seguro en el que se cubren los daños materiales al edificio y/o al mobiliario y las mercancías del comercio derivados de múltiples circunstancias y que se engloban dentro de un mismo contrato. El incendio, la explosión, los daños por agua y el robo son algunas de las garantías cubiertas.
También se incluyen los daños ocasionados a otras personas o bienes por la actividad del asegurado en el ejercicio de su actividad comercial.
Multi-riesgo de comunidades
Es un seguro en el que se cubren los daños materiales al edificio y/o al mobiliario común derivados de múltiples circunstancias y que se engloban dentro de un mismo contrato. El incendio, la explosión, los daños por agua y el robo son algunas de las garantías cubiertas.
También se incluyen los daños ocasionados por los elementos comunes a otras personas o bienes. Incluso a los propietarios de las viviendas.
Seguro de decesos
Se cubren los gastos necesarios para la prestación de un servicio de sepelios, más los traslados y las gestiones administrativas, arca, conducción fúnebre y acompañamiento; la preparación y presentación del cadáver: la capilla ardiente o sala de tanatorio; los servicios religiosos; los servicios complementarios, tales como recordatorios, coronas, esquelas, etc.; los derechos de entrada al cementerio, nicho, o incineración; y los gastos de inhumación.
Multi-riesgo del hogar
Es un seguro en el que se cubren los daños materiales al edificio y/o al mobiliario de la vivienda derivados de múltiples circunstancias y que se engloban dentro de un mismo contrato. El incendio, la explosión, los daños por agua y el robo son algunas de las garantías cubiertas.
También se incluyen los daños ocasionados a otras personas o bienes por la actuación del asegurado y su familia como particular dentro y fuera del hogar. El precio del seguro dependerá de si se trata de: la vivienda habitual o de la segunda residencia; el tipo de construcción; la ubicación; la existencia de protecciones de acceso; y, evidentemente, de los capitales que se aseguren.
Incendios
Este seguro cubre los daños ocasionados por un incendio, una explosión o la caída del rayo en los bienes asegurados.
Puede ampliarse con garantías adicionales como la responsabilidad civil derivada de incendio y otras como los gastos derivados de la demolición y el desescombro y los gastos de extinción.
También se cubren los daños por fenómenos naturales: lluvia, viento, pedrisco, nieve, lluvia y otros como los daños por vandalismo, choque de vehículos terrestres, caída de aeronaves, ondas sónicas y el derrame de material fundido.
Contingencias
Asegura los riesgos del empleo, insuficiencia de ingresos (en general), mal tiempo, pérdida de beneficios, subsidio por privación temporal del permiso de conducir, persistencia de gastos generales, gastos comerciales imprevistos, pérdida de valor venal, pérdida de alquileres o rentas, pérdidas comerciales indirectas distintas a las anteriormente mencionadas, pérdidas pecuniarias no comerciales y otras pérdidas pecuniarias.
Cada uno de los conceptos indicados da lugar a una modalidad distinta de seguro dentro del ramo de Pérdidas Pecuniarias
Subsidio por privación temporal del permiso de conducir
Seguro orientado a la ayuda económica para sufragar gastos de transporte público o pérdida de ingresos, mientras se carece de carné de conducir por la retirada, pérdida total de los puntos asignados o sanción gubernativa.
Responsabilidad civil
La responsabilidad civil cubre al asegurado de lo daños materiales o personales que éste –particular, empresa o institución- ocasione a terceros derivada de la actividad que como tal desarrolle y puede resultar civilmente responsable.
Este seguro puede ampliarse a los daños ocasionados a empleados, socios, subcontratistas, también por lo daños ocasionados por los productos o trabajos realizados o prestados, derivados de su actividad profesional, y muchos otros.
El precio de este seguro dependerá en el caso de las empresas, de su actividad y de su volumen de facturación, número de empleados o de cualquier otro parámetro mesurable establecido por la compañía que les de una idea ajustada a la exposición al riesgo a la que están sometidos. Además, se cubren los gastos de defensa, a veces cuantiosos, en los que debas incurrir ante una reclamación.
Robo
El seguro de robo, cubre los bienes asegurados a consecuencia de sustracción o apoderamiento ilegítimo mediante fuerza en las personas (expoliación) o en las cosas (robo). Se acostumbran a cubrir también los daños ocasionados en puertas, paredes y ventanas para realizar la sustracción y en los muebles y enseres.
Asistencia sanitaria
Mediante este seguro se garantiza una atención médica, hospitalaria o quirúrgica en caso de necesitarla.
Los médicos y centros pueden estar previamente concertados con la aseguradora a lo que se denomina cuadro medico. De lo contrario sería de libre elección cuando se contrata esta modalidad específica de libre elección.
El precio de este seguro dependerá, además de la modalidad escogida, de la edad de los asegurados y, en ocasiones, del número de estos.
Subsidio por enfermedad
Mediante este seguro se cubre el pago de una indemnización diaria en caso de baja laboral por accidente o por enfermedad, dependiendo de la modalidad elegida, durante un periodo de hasta dos años.
El precio del seguro dependerá de tu profesión y de las actividades deportivas que realices, además del capital que quieras asegurar. Para reducir el precio del seguro se introducen un periodo inicial sin pago de 7, 15 o 30 días, al que denominan franquicia.
Todo riesgo a la construcción
Durante el periodo de construcción de una obra, ya sea un edificio o una infraestructura, ésta está expuesta a varios riesgos tales como el incendio, la explosión, el robo.; también se cubren los daños por errores en el diseño o la ejecución de la misma.
Estos daños pueden ocasionarse tanto a la propia obra ejecutada como a los materiales a pie de obra, la maquinaria y los equipos de construcción, los bienes de los trabajadores o los subcontratistas.
Es decir, hay un sin número de daños y circunstancias que pueden suceder y por culpa de cualquiera de los intervinientes en la obra o persona extraña a ésta y que pueden cubrirse por un contrato de Todo Riesgo a la Construcción.
Decenal
La ley de ordenación de la edificación (LOE), impuso la obligatoriedad, entre otras, de contratar un seguro o aval, que garantizara que en caso de daños que afectaran a la estabilidad del edificio, se cubriera su reparación o en su caso reconstrucción a partir de la entrega de la obra acabada y por un periodo de 10 años.
Equipos electrónicos
Se garantizan los daños producidos a los equipos electrónicos: centralitas telefónicas, alarmas, ordenadores, incluso portátiles y equipos ofimáticos o controladores electrónicos de equipos mecánicos, por hechos externos tales como: impericia o negligencia, caídas, impactos, daños por la electricidad, obstrucción de cuerpos extraños, aflojamiento de piezas, errores de diseño, cálculo o montaje, etc.
Transportes
Se cubren los daños que puedan sufrir las mercancías durante su transporte, carga y descarga, por accidente del vehículo porteador: camión, barco, avión, ferrocarril.
Opcionalmente se cubre el robo, el incendio, las huelgas y guerras y otros daños a la carga tales como podredumbre por paralización del frigorífico y otros.
Vida colectivo
Cubre las mismas contingencias que el seguro de vida, pero a un grupo de personas que comparten actividad o interés común y que contrata un tomador, persona física o jurídica interesada en dar cobertura a esos asegurados y que paga la prima. El precio de este seguro dependerá del número de asegurados y de la edad de mismos.
Planes de pensiones de empleo
Las empresas pueden contratar como complemento para todos sus trabajadores, un plan de Pensiones en el que aporten ciertas cantidades.
En el caso de que el trabajador deje la empresa mas adelante, puede trasladar el importe acumulado al plan de esta otra empresa. La regulación legal, establece cada año el límite anual de aportación según el nivel de ingresos y la edad.
Estos planes se controlan por una comisión gestora a la que los trabajadores pueden entrar a formar parte.
Vida individual
Cubre a las personas aseguradas de los daños personales, lesión o muerte, ocurridas a consecuencia de una enfermedad o accidente laboral o no laboral.
Opcionalmente se garantizan capitales para el caso de invalidez, enfermedades graves y doblar o triplicar los capitales si el fallecimiento es a causa de accidente o de accidente de circulación Para contratar este tipo de seguro se requiere declaración de estado de salud y, en ocasiones reconocimiento médico cuyo coste va a cargo de la aseguradora.
El precio de éste seguro se basa en la edad “actuarial” del asegurado (corresponde con el cumpleaños más próximo al momento de contratación del seguro, anterior o posterior). También se tienen en cuenta ciertas “profesiones de riesgo”.
Jubilación
Mediante este seguro el asegurado paga unas primas de ahorro que se Irán acumulando durante el plazo establecido (que no tiene por que coincidir con el de la jubilación), al que se añadirán los intereses mínimos garantizados inicialmente en el contrato más la participación en los beneficios obtenidos por la compañía durante todo el periodo.
Se trata de productos pensados al ahorro a largo plazo. Excepción hecha de los P.I.A.S. (planes individuales de ahorro sistemático). No existe limitación en las aportaciones.
Planes de pensiones
Similar a los seguros de jubilación, pero su plazo sí debe coincidir con el de la jubilación.
El tratamiento fiscal de este producto es muy favorable durante el periodo de aportación.
El saldo acumulado se puede trasladar a otra entidad para su gestión en cualquier momento de la duración del mismo. La regulación legal, establece cada año el límite anual de aportación según el nivel de ingresos y la edad. También hay otros conceptos, como la el tipo de inversión, las aportaciones extraordinarias y la fiscalidad, que te convienen conocer.
Seguros Empresa
Nuestros productos para empresas cubren extensamente las necesidades de nuestros clientes, obteniendo la máxima protección frente a casi cualquier contingencia que pudiera sobrevenir sobre sus bienes o sobre su persona o la de sus empleados, evitando situaciones que comprometan la continuidad y la estabilidad económica de su empresa.
Accidentes colectivos
Cubre a las personas aseguradas de los daños personales, lesión o muerte, ocurridas a consecuencia de un accidente laboral y/o no laboral por causa súbita, externa, violenta y ajena al propio asegurado. Estos colectivos se contratan por un tomador -persona física o jurídica- interesada en dar cobertura a un grupo de personas que comparten actividad o interés común y que paga la prima. Hay colectivos de empresa, de actividades deportivas, recreativas, profesionales. También existen colectivos a nivel educativo, como por ejemplo el seguro escolar, orientado a proporcionar cobertura a los alumnos de los centros de enseñanza.
Multirriesgo industrial
Se trata de los seguros que van dirigidos a las pequeñas y medianas empresas en las que se llevan a cabo algún tipo de transformación de materias o bien se almacenan y distribuyen mercancías.
Es un seguro en el que se cubren los daños materiales al edificio y/o al mobiliario, a la maquinaria y a las mercancías derivados de múltiples circunstancias y que se engloban dentro de un mismo contrato: el incendio, la explosión, los daños por agua y el robo, entre otras.
También acostumbran a incluirse los daños ocasionados a otras personas o bienes por la actividad del asegurado en el ejercicio de su actividad industrial o, lo que es lo mismo, la Responsabilidad Civil de la empresa.
Responsabilidad civil
La responsabilidad civil cubre al asegurado de lo daños materiales o personales que éste –particular, empresa o institución- ocasione a terceros derivada de la actividad que como tal desarrolle y puede resultar civilmente responsable.
Este seguro puede ampliarse a los daños ocasionados a empleados, socios, subcontratistas, también por lo daños ocasionados por los productos o trabajos realizados o prestados, derivados de su actividad profesional, y muchos otros.
El precio de este seguro dependerá en el caso de las empresas, de su actividad y de su volumen de facturación, número de empleados o de cualquier otro parámetro mesurable establecido por la compañía que les de una idea ajustada a la exposición al riesgo a la que están sometidos.
Además, se cubren los gastos de defensa, a veces cuantiosos, en los que debas incurrir ante una reclamación.
Crédito
Se garantiza al asegurado el recobro de las cantidades adeudadas al asegurado vendedor cuando el comprador no haga frente al pago de esa deuda.
Convenio de trabajadores
Al igual que el seguro de accidentes colectivo, se cubre a un grupo pero en las condiciones marcadas en el convenio colectivo de la empresa. La mayoría de las empresas reflejan en sus convenios algún tipo de seguro de accidentes. En caso de accidente, si la empresa carece de este seguro, el empresario debe afrontar el pago de las indemnizaciones que se establecen en el convenio.
Transportes
Se cubren los daños que puedan sufrir las mercancías durante su transporte, carga y descarga, por accidente del vehículo porteador: camión, barco, avión, ferrocarril. Opcionalmente se cubre el robo, el incendio, las huelgas y guerras y otros daños a la carga tales como podredumbre por paralización del frigorífico y otros.
Pérdida de beneficios
Por el seguro de pérdida de beneficios o lucro cesante el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado un importe igual a los gastos permanentes de la empresa posteriores a la ocurrencia de un siniestro derivado de incendio, explosión, daños de carácter extraordinario y otros.
También pueden asegurarse el beneficio neto no obtenido, es decir, la pérdida de rendimiento económico que hubiera podido alcanzarse en una actividad de no haberse producido el siniestro.
Este seguro puede contratarse en una póliza independiente, o ser una garantía adicional en una póliza de otro ramo: de PYMES, comercio, etc.
Seguro de espectáculos
Si tiene previsto organizar un festejo, un concierto, un espectáculo o cualquier otro evento, necesitará prevenir los riesgos que pudieran ocasionar daños personales, materiales y económicos. Pero la prevención, en ocasiones, no es suficiente, siendo necesario proveerse de la cobertura necesaria mediante un seguro. En este ámbito hay tres tipos de seguro que resultan necesarios.
El seguro de suspensión de espectáculos: Pueden asegurarse las pérdidas económicas debidas a la suspensión del evento por fenómenos de la naturaleza, la incomparecencia de los actuantes y otras causas. Pretende cubrir los gastos fijos y desembolsos no recuperables.
El seguro de Responsabilidad Civil: También puede cubrirse la Responsabilidad Civil como organizador del evento, por los daños ocasionados a terceros durante el desarrollo del espectáculo o evento.
El seguro de accidentes de los participantes, que incluye un capital prefijado de fallecimiento, invalidez y gastos de asistencia sanitaria.
Avería de maquinaria
Se garantizan los daños producidos a la maquinaria por hechos externos tales como: impericia o negligencia, caídas, impactos, daños por la electricidad, obstrucción de cuerpos extraños, aflojamiento de piezas, errores de diseño, cálculo o montaje, etc.
Flotas de vehículos
El acto de conducir implica el riesgo de incurrir en responsabilidades frente a terceras personas como conductores, peatones u ocupantes de tu vehículo. Por eso, la ley obliga a disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos a motor, matriculados o no, que cubra los daños personales y materiales hasta importes fijados legalmente.
Más allá de la cobertura obligatoria, existen otras de carácter opcional tales como los accidentes del conductor y los ocupantes, la asistencia en viaje, los cristales, la defensa, la reclamación de daños, los daños del propio vehículo, el incendio y el robo.
El precio de este seguro se calcula con variables tales como: número de vehículos, zona de circulación, tipo, peso, potencia, valor del vehículo y uso a que se destina; y también según la edad, el sexo, la antigüedad del carné y los antecedentes siniestrales del conductor.
Obras de arte
Las obras de arte, están sometidas a ciertos riesgos que no se cubren en las pólizas tradicionales multirriesgo de hogar, comercio, etc. Ni tan siquiera las contenidas en las pólizas para galerías de arte.
Mediante las pólizas de arte se garantizan los daños sobrevenidos a las obras no solo por incendio, robo, agua o vandalismo, sino también por rasgaduras, caídas, daños estéticos y otros. También se cubren los daños durante su transporte y estancia en situaciones distintas ocurridas por la cesión temporal de la obra a otras galerías, museos o exposiciones.
Por otra parte, para estas obras debe convenirse el valor a asegurar, correspondientes al que se cotiza en el mercado del arte, que es muy variable. Estos capitales se pueden establecer además a “valor parcial”, a “valor total” o “a primer riesgo”
Se excluyen, por ejemplo los daños debidos a la evolución de los componentes químicos de la obra. Esto sucede especialmente en el arte contemporáneo, donde se experimenta con viejos y nuevos materiales de composiciones muy distintas entre si y con reacciones químicas y físicas inesperadas.
Seguros agrarios
Se cubren los daños a los cultivos, frutales, hortalizas, plantas ornamentales y otros, de riesgos –dependiendo del cultivo y variedad- tales como el pedrisco, la helada, el incendio, las lluvias torrenciales o persistentes, la sequía, la inundación, el viento huracanado, las heladas, la nieve, la falta de cuajado del fruto, “Daños Excepcionales” y el golpe de calor.
También se asegura el ganado vacuno, de ciertas enfermedades como la fiebre aftosa, la encefalopatía espongiforme bovina. También se cubre el coste de la retirada de animales muertos. Para ésta y otras especies se puede cubrir los daños por la sequía en los pastos, cubriendo los costes de la aportación extraordinaria de alimento.
En el ganado aviar se cubre el golpe de calor y el pánico; en la apicultura, el incendio, la sequía, las lluvias torrenciales y la inundación. En cuanto a la apicultura tienen coberturas específicas las truchas, las doradas, las lubinas, los rodaballos y el mejillón. Por último, pueden asegurarse en las plantaciones forestales, el riesgo de incendio y los daños excepcionales.
Asistencia
Se garantiza al asegurado la prestación de asistencia en los términos fijados en el contrato, en distintos ámbitos, tales como:
La asistencia al automovilista, cubre la asistencia sanitaria de los asegurados en caso de accidente de automóvil y, si fuera necesario, el traslado o repatriación al domicilio, transporte de heridos o fallecidos, el regreso anticipado, la búsqueda de equipajes extraviados, etc. En cuanto al vehículo, se cubre el rescate y el remolque, el traslado a un taller, la repatriación y la reparación en carretera.
La asistencia al hogar, comercio, industria, comunidad: se cubren las reparaciones de urgencia, la búsqueda de industriales, la búsqueda de hotel tras un siniestro, entre otros.
Automóvil
El acto de conducir implica el riesgo de incurrir en responsabilidades frente a terceras personas tales como otros conductores, peatones u ocupantes del vehículo. Por eso, la ley obliga a disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos a motor, matriculados o no, que cubra los daños personales y materiales hasta importes fijados legalmente.
Mas allá de la cobertura obligatoria, existen otras de carácter opcional tales como accidentes del conductor y los ocupantes, asistencia en viaje, cristales, defensa, reclamación de daños, daños del propio vehículo, incendio y robo.
El precio de este seguro se calcula con variables tales como: zona de circulación, tipo, potencia y valor del vehículo. También se tiene en cuenta la edad, el sexo, la antigüedad del carné y los antecedentes siniestrales del conductor.
Subsidio por privación temporal del permiso de conducir
Seguro orientado a la ayuda económica para sufragar gastos de transporte público o pérdida de ingresos, mientras se carece de carné de conducir por la retirada, pérdida total de los puntos asignados o sanción gubernativa.
Asistencia sanitaria
Mediante este seguro se garantiza una atención médica, hospitalaria o quirúrgica en caso de necesitarla.
Los médicos y centros pueden estar previamente concertados con la aseguradora a lo que se denomina cuadro medico. De lo contrario sería de libre elección cuando se contrata esta modalidad específica de libre elección.
El precio de este seguro dependerá, además de la modalidad escogida, de la edad de los asegurados y del número de estos.
Subsidio por enfermedad
Mediante este seguro se cubre el pago de una indemnización diaria en caso de baja laboral por accidente o por enfermedad, dependiendo de la modalidad elegida, durante un periodo de hasta dos años.
El precio del seguro dependerá de tu profesión y de las actividades deportivas que realices, además del capital que quieras asegurar. Para reducir el precio del seguro se introducen un periodo inicial sin pago de 7, 15 o 30 días, al que denominan franquicia.
Todo riesgo a la construcción
Durante el periodo de construcción de una obra, ya sea un edificio o una infraestructura, ésta está expuesta a varios riesgos tales como el incendio, la explosión, el robo.; también se cubren los daños por errores en el diseño o la ejecución de la misma.
Estos daños pueden ocasionarse tanto a la propia obra ejecutada como a los materiales a pie de obra, la maquinaria y los equipos de construcción, los bienes de los trabajadores o los subcontratistas.
Es decir, hay un sin número de daños y circunstancias que pueden suceder y por culpa de cualquiera de los intervinientes en la obra o persona extraña a ésta y que pueden cubrirse por un contrato de Todo Riesgo a la Construcción.
Decenal
La ley de ordenación de la edificación (LOE), impuso la obligatoriedad, entre otras, de contratar un seguro o aval, que garantizara que en caso de daños que afectaran a la estabilidad del edificio, se cubriera su reparación o en su caso reconstrucción a partir de la entrega de la obra acabada y por un periodo de 10 años.
Equipos electrónicos
Se garantizan los daños producidos a los equipos electrónicos: centralitas telefónicas, alarmas, ordenadores, incluso portátiles y equipos ofimáticos o controladores electrónicos de equipos mecánicos, por hechos externos tales como: impericia o negligencia, caídas, impactos, daños por la electricidad, obstrucción de cuerpos extraños, aflojamiento de piezas, errores de diseño, cálculo o montaje, etc.
Montaje de maquinaria
El seguro de Montaje cubre los daños materiales que puedan sufrir la maquinaria e instalaciones desde el momento en que sus piezas llegan al punto de destino, hasta que están montadas, instaladas y probadas, de forma que su funcionamiento sea el adecuado. Son asegurables todo tipo de construcciones en las que predominen los elementos metálicos, más que por el material en si, por los métodos y técnicas empleados, que difieren en gran medida de aquéllas de hormigón, lo que modifica el tipo y la probabilidad de los siniestros. Una central de cogeneración, aerogeneradores, huertos solares, plantas de fabricación hormigón, etc., son riesgos susceptibles de ser asegurados por la póliza de montaje de maquinaria. También puede asegurarse por este tipo de seguro, la responsabilidad civil del montaje y la pérdida de beneficios consecuencia de un siniestro cubierto.
Vida colectivo
Cubre las mismas contingencias que el seguro de vida, pero a un grupo de personas que comparten actividad o interés común y que contrata un tomador, persona física o jurídica interesada en dar cobertura a esos asegurados y que paga la prima. El precio de este seguro dependerá del número de asegurados y de la edad de mismos.
Planes de pensiones de empleo
Las empresas pueden contratar como complemento para todos sus trabajadores, un plan de Pensiones en el que aporten ciertas cantidades.
En el caso de que el trabajador deje la empresa mas adelante, puede trasladar el importe acumulado al plan de esta otra empresa. La regulación legal, establece cada año el límite anual de aportación según el nivel de ingresos y la edad.
Estos planes se controlan por una comisión gestora a la que los trabajadores pueden entrar a formar parte.
Vida individual
Cubre a las personas aseguradas de los daños personales, lesión o muerte, ocurridas a consecuencia de una enfermedad o accidente laboral o no laboral.
Opcionalmente se garantizan capitales para el caso de invalidez, enfermedades graves y doblar o triplicar los capitales si el fallecimiento es a causa de accidente o de accidente de circulación Para contratar este tipo de seguro se requiere declaración de estado de salud y, en ocasiones reconocimiento médico cuyo coste va a cargo de la aseguradora.
El precio de éste seguro se basa en la edad “actuarial” del asegurado (años en el cumpleaños más próximo al efecto del seguro. También se tienen en cuenta ciertas “profesiones de riesgo”.
Responsabilidad Civil de Administradores y Directivos
La responsabilidad civil como administrador o directivo, de hecho o de derecho, cubre al asegurado de los perjuicios económicos causados a la empresa -en el ejercicio de su profesión- y de terceros. En esta póliza no se cubren las consecuencias económicas derivadas de un daño personal o material.
Cualquier persona que ostente un cargo en empresa, institución, asociación, cooperativa y fundación, es susceptible de cometer un error en su gestión y, por tanto, ser considerado responsable de los prejuicios económicos sobrevenidos por esa mala gestión.
Agente de Seguros Exclusivo Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima. Autorizado por la D.G.S.F.P. Nº: C010954043519m